REGIÓN PODRÁ UTILIZAR EL 25% DEL CANON PARA EMERGENCIA DE COVID-19


El Gobierno emite el Decreto de Urgencia N° 081-2020, en el cual autoriza que los Gobiernos Regionales y Locales puedan utilizar hasta un 25% de los recursos efectivamente transferidos, provenientes del Canon, sobre Canon, regalías mineras y Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea, así como de los saldos de balance generados por dichos conceptos, para el ejercicio fiscal 2020.

El Gobierno Nacional promulgó el Decreto de Urgencia que permite el uso del 25% del Canon minero para el tratamiento del covid-19. Foto: Diario de Chimbote. 

El Departamento de Áncash es uno de los que más Canon y regalías mineras recibe, tanto para el Gobierno Regional como los Gobiernos Locales.

Esta norma señala de manera específica que; el 25% del Canon Minero sólo será usado para las actividades de emergencia vinculadas a la prevención, control, diagnóstico y tratamiento del coronavirus, para el caso de Gobiernos Regionales.


Mientras que, para los Gobiernos Locales, este 25% financiará el gasto en bienes y servicios vinculados a los servicios públicos y esenciales en el ámbito de sus competencias con la finalidad de garantizar la continuidad de los servicios públicos esenciales.

Esta norma también autoriza a los Gobiernos Regionales a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel programático con cargo a los recursos disponibles de su prepuesto institucional; de acuerdo al Decreto de Urgencia N° 014-2019.

La norma dice que estos recursos de Canon, sobre Canon y regalías mineras; no pueden utilizarse en ningún caso para el pago de remuneraciones o retribuciones de cualquier índole. Finalmente, el presente decreto tiene vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2020. DIARIO DE CHIMBOTE.


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