REGIÓN PODRÁ UTILIZAR EL 25% DEL CANON PARA EMERGENCIA DE COVID-19
El Gobierno emite el Decreto de Urgencia N° 081-2020, en el cual autoriza que los Gobiernos Regionales y Locales puedan utilizar hasta un 25% de los recursos efectivamente transferidos, provenientes del Canon, sobre Canon, regalías mineras y Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea, así como de los saldos de balance generados por dichos conceptos, para el ejercicio fiscal 2020.
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| El Gobierno Nacional promulgó el Decreto de Urgencia que permite el uso del 25% del Canon minero para el tratamiento del covid-19. Foto: Diario de Chimbote. |
El Departamento de Áncash es uno de los que más Canon y regalías mineras recibe, tanto para el Gobierno Regional como los Gobiernos Locales.
Esta norma señala de manera específica que; el 25% del Canon Minero sólo será usado para las actividades de emergencia vinculadas a la prevención, control, diagnóstico y tratamiento del coronavirus, para el caso de Gobiernos Regionales.
Mientras que, para los Gobiernos Locales, este 25% financiará el gasto en bienes y servicios vinculados a los servicios públicos y esenciales en el ámbito de sus competencias con la finalidad de garantizar la continuidad de los servicios públicos esenciales.
Esta norma también autoriza a los Gobiernos Regionales a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel programático con cargo a los recursos disponibles de su prepuesto institucional; de acuerdo al Decreto de Urgencia N° 014-2019.
La norma dice que estos recursos de Canon, sobre Canon y regalías mineras; no pueden utilizarse en ningún caso para el pago de remuneraciones o retribuciones de cualquier índole. Finalmente, el presente decreto tiene vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2020. DIARIO DE CHIMBOTE.



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